Ir al contenido principal

IU exige a la Junta Electoral Central que suspenda el debate bipartidista previsto para el 7N

Izquierda Unida registró el pasado viernes 21 un escrito ante la JEC donde denunciaba que RTVE vulnera los principios de neutralidad y pluralismo. En 2009 el Tribunal Supremo falló a favor de IU y PNV contra la JEC


El escrito, registrado por el secretario de Organización,Miguel Reneses, en nombre de IU señala que la programación de este tipo de debates entre los candidatos del PSOE y el PP “supone una clara vulneración del Art. 66 de la LOREG (Ley Orgánica del Régimen Electoral General) que determina el necesario respeto de los medios de titularidad pública a los principios de pluralismo político y social, así como a la igualdad, proporcionalidad y neutralidad informativa”.

IU alega que permitir un cara a cara “supone la práctica eliminación para la opinión pública” del programa de otras fuerzas, “condenando al ostracismo a sus candidatos”, generando "un desequilibrio entre las partes concurrentes a un proceso electoral", y vulnerando "uno de los derechos más elementales de un sistema democrático, recogido en el artículo 23. 2 de la Constitución": el derecho de acceso en condiciones de igualdad.

Teniendo en cuenta que existe un precedente similar en la jurisprudencia, en concreto unasentencia del Tribunal Supremo de Noviembre de 2009, el recurso presentado, que pretende establecer "garantías de respeto a los principios de pluralismo, igualdad, proporcionalidad y neutralidad informativa por los medios de comunicación en periodo electoral" ante el debate televisivo preelectoral del día 7 de Noviembre, podría prosperar.
Recurso;


D. MIGUEL RENESES GONZÁLEZ-SOLARES, mayor de edad, con D.N.I. núm. 6204010-J, con domicilio a efectos de notificación en Madrid, C/ Olimpo núm. 35, 28043, actuando en nombre y representación, en su condición de representante general de la coalición electoral denominada IZQUIERDA UNIDA, INICIATIVA PER CATALUNYA VERDS, ESQUERDA UNIDA i ALTERNATIVA, CHUNTA ARAGONESISTA, SOCIALISTAS INDEPENDIENTES DE EXTREMADURA, BATZARRE-ASAMBLEA DE IZQUIERDAS, LOS VERDES, GIRA MADRID LOS VERDES, ELS VERDS DEL PAÍS VALENCIÁ, OPCIÓ VERDA-ELS VERDS, CANARIAS POR LA IZQUIERDA, INICIATIVA POR EL HIERRO, PARTIDO DEMOCRÁTICO Y SOCIAL DE CEUTA: LA IZQUIERDA PLURAL, ante esta Junta Electoral, comparece y, como mejor proceda, DICE: Que habiendo tenido conocimiento de la programación de un debate exclusivamente entre los candidatos del Partido Socialista Obrero Español (PSOE) y Partido Popular (PP), a celebrar en próximo día 7 de noviembre y organizado por la Academia de las Ciencias y las Artes de la Televisión, y que podrá ser emitido por distintos medios de comunicación tanto públicos como privados, por medio del presente escrito vengo formular las siguientes,

ALEGACIONES
PRIMERA.- La Instrucción 4/2011, de 24 de marzo de 2011, de la Junta Electoral Central, interpreta el artículo 66 de la Ley Orgánica Electoral, en lo relativo a las garantías de respeto a los principios de pluralismo, igualdad, proporcionalidad y neutralidad informativa por los medios de comunicación en periodo electoral.

SEGUNDA.- Que conforme se está anunciando por todos los medios de comunicación, tanto públicos como privados, el Partido Socialista Obrero Español (PSOE) y Partido Popular (PP) han alcanzado un acuerdo para celebrar un debate ente sus dos candidatos, Sr. Pérez Rubalcaba y Sr. Rajoy, respectivamente, debate que se va a organizar por la Real Academia de las Ciencias y las Artes de la Televisión, y que podrá ser emitido por cualquier medio de comunicación, público o privado.

Ninguna comunicación formal por parte de la Administración Electoral, ha recibido esta parte, ni como resulta obvio a tenor de las informaciones publicadas y emitidas por los medios de comunicación, esta parte tampoco ha sido invitada a participar en el referido debate, siendo el mismo un debate a dos que excluye al resto de formaciones políticas que concurren a las elecciones y que han contado con representación parlamentaria en la pasada legislatura.

TERCERA.- La emisión en los medios de comunicación de debates bilaterales genera un desequilibrio entre las partes concurrentes a un proceso electoral, es por ello que, en aras a garantizar la igualdad de las partes en el proceso electoral y el pluralismo político y social, los debates programados debieran contemplar la participación de candidatos de IU, como tercera fuerza política de ámbito estatal que concurre a las elecciones.

La programación de este tipo de debates entre los candidatos del Partido Socialista Obrero Español y el Partido Popular, supone una clara vulneración del Art. 66 de la LOREG que determina el necesario respeto de los medios de titularidad pública a los principios de pluralismo político y social, así como a la igualdad, proporcionalidad y neutralidad informativa.
Y en el mismo sentido, para los medios de titularidad privada obliga al necesario respeto a los principios de pluralismo e igualdad, proporcionalidad y neutralidad informativa en la realización de debates y entrevistas electorales.

Que la celebración de debates bilaterales entre los candidatos del Partidos Socialista Obrero Español (PSOE) y el Partido Popular (PP) de forma continuada y su repercusión inmediata en la totalidad de medios de comunicación, acaparando el resultado de los referidos debates la prensa escrita, radio y televisión de los días posteriores, supone la practica eliminación de la opinión pública de las propuestas programáticas del resto de fuerzas políticas que concurren a las Elecciones Generales que se celebraran el próximo día 20 de noviembre, condenando al ostracismo a sus candidatos y vulnerando uno de los derechos más elementales de un sistema democrático recogido en el artículo 23. 2 de la Constitución, como es el derecho fundamental a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos, con los requisitos que señalen las leyes, la igualdad de condiciones entre todas las partes que concurren a un proceso electoral.

CUARTA.- Que en todo caso, como tiene reiterado esta Junta Electoral a los efectos de garantizar el pluralismo político y el equilibrio entre partes establecido en el Art. 66 de la LOREG, los medios de comunicación que tienen programada la emisión de debates excluyentes entre candidatos de los dos partidos mayoritarios deben adoptar medidas compensatorias o correctoras, bien a través de debates o entrevistas con IU y el resto de partidos políticos con representación parlamentaria.

El hecho de que la Junta Electoral reconozca que los debates producen una descompensación que es necesario compensar indica la gravedad del problema y la desigualdad que produce. Según el TC, toda desigualdad no justificada es arbitrariedad. La Junta viene a decir que "si no hay compensación, hay arbitrariedad". En la medida que en las pasadas elecciones no hubo esa compensación, hubo arbitrariedad.

Que a la vista de que en anteriores procesos electorales las medidas compensatorias o correctoras acordadas por la Junta Electoral Central en reiteradas resoluciones no se han cumplido por los medios de comunicación o se ha hecho de forma insuficiente e ineficaz, esta Junta Electoral debiera no sólo acordar la ejecución de las mismas, sino garantizar que se emiten de forma que compensen el desequilibrio derivado por la celebración de este tipo de debates excluyentes. Es decir, en el caso de no incluir a IU (Coalición integrada por IU y otros partidos) en el debate anunciado y en otros que pudieran realizarse, la Junta Electoral debe garantizar no solo que las medidas compensatorias se ejecutan, sino que se ejecutan de forma que equilibran la participación de IU y el resto de partidos. Para ello, es necesario poder expresar su opinión en un formato similar de debate o entrevista en la misma franja horaria de forma que se preserven los principios de pluralismo y neutralidad que establece tanto la normativa electoral como las reiteradas decisiones de esta JEC.

La cuestión básica es, si con una compensación a los demás partidos la desigualdad ya es razonable y no arbitraria. Primero habría que saber en qué consiste la compensación. La compensación no sería suficiente con entrevistas aisladas a los demás líderes de los otros partidos. El DEBATE es un formato de espacio electoral de DELIBERACIÓN y a ese FORMATO deben de poder acceder IU. Por tanto, de haber compensación ésta debe ser de igual naturaleza, o sea, a través de un formato televisivo semejante que antes o después del debate a dos, que permita un debate en el que participe IU y el resto de partidos con representación parlamentaria.

Por todo ello,
SOLICITO A LA JUNTA ELECTORAL CENTRAL.- Que teniendo por presenta do este escrito, se sirva admitirlo y teniendo por formuladas las alegaciones en el mismo contenidas se acuerde:

1) Suspender la emisión del debate anunciado para el día 7 de noviembre entre los candidatos del PSOE y del PP, los señores Pérez Rubalcaba y Rajoy, dado que al excluir esta fuerza política se están vulnerando los principios de pluralismo y neutralidad que establece tanto la normativa electoral como las reiteradas decisiones de esta JEC.
De manera subsidiaria y para el caso de no resultar estimada la anterior solicitud:

2) En caso de que se acuerde la celebración de los referidos debates, ampliar la participación en los referidos debates programados a los candidatos de IU, al ser la tercera fuerza política de ámbito estatal que concurre en este proceso electoral en todas las circunscripciones del estado.

Igualmente, de manera subsidiaria para el caso de no ser atendida la anterior solicitud.
3) Suspender la emisión del debate anunciado para el día 7 de noviembre entre los candidatos del PSOE y PP, en tanto en cuanto no se produzca la debida comunicación a la Junta Electoral Central, por parte de aquellos medios de comunicación, tanto de titularidad pública como privada, que vayan a emitir el debate, de las medidas compensatorias (que deberán ser de igual naturaleza) que deben hacerse efectivas con el resto de fuerzas políticas que concurren a las próximas elecciones y que cuentan con representación parlamentaria, especialmente el caso de la Coalición de Partidos en que se integra Izquierda Unida. Todo ello en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 66 de la LOREG.

Estas medidas deberán ser presentadas por todos y cada uno de los medios de comunicación que emitan el referido debate entre los candidatos del PSOE y PP. Instando, por tanto a todos los medios de comunicación al cumplimiento de lo dispuesto tanto por el artículo 66 de la LOREG como por la Instrucción 4/2011 de 24 de marzo de la Junta Electoral Central, de manera que se garantice la igualdad de condiciones, la pluralidad y la proporcionalidad en la información a la que tienen derecho las formaciones políticas y el conjunto de ciudadanos a través de los medios de comunicación.

En Madrid a 20 de octubre de 2011.

Tercera Información

Comentarios

Entradas populares de este blog

VIDA Y MUERTE DEL DINERO. DE COMO LOS BANCOS NOS GOBIERNAN Y TRABAJAMOS PARA ELLOS.

ZEITGEIST ADDENDUM (el espíritu de la era). A continuación os traigo un vídeo que me parecen increible, trata de economía y por el contenido parece casi ciencia ficción. Nos narra como el dinero sale de la nada, o más bien como de la nada los bancos fabrican dinero a través de la deuda y de como la deuda se utiliza como sistema de control de masas y estados. Encontré estos vídeos en el blog de una amigo, un blog interesante que yo os recomiendo http://dalvenvainor.blogspot.com/ . LA INFORMACIÓN ES LIBERTAD. ¡VED EL VÍDEO! Más información en http://www.taringa.net/posts/tv-peliculas-series/913103/Zeitgeist-Documental.html Primer vídeo de la serie ZEITGEIST sobre el origen del cristianismo en http://video.google.com/videoplay?docid=-7619379823675726232

La Universidad de Sevilla a punto para que el paro académico siga a la Huelga Educativa Estatal del 22 de mayo

La Universidad de Sevilla se está colocando al frente de la movilización contra el Real Decreto Ley 14/2012 que encarece las tasas y endurece el acceso a las becas. Los recortes en la educación universitaria ponen en peligro el puesto de muchos de los profesores asociados, y complican a los alumnos con menos recursos económicos la continuidad de sus estudios. Además, obliga a los estudiantes extracomunitarios a hacer frente hata al 100% del coste de su educación, con lo podrían tener que pagar entre 4.000 y 6.000 euros por curso. Al comunicado de rechazo del rector de la US se unió la iniciativa “ Universidad frente a la crisis ” impulsada por profesores como Juan Torres y el posicionamiento explícito de la US , que reclama al gobierno la retirada del decreto y que en lo sucesivo las reformas que afecten al sistema universitario se aprueben "desde el diálogo con los representantes de todos los intereses implicados, de manera que se permita alcanzar el más amplio consenso académic

Habrá paro académico en las Universidades sevillanas

Miles de estudiantes votan por el paro académico en una semana histórica para el movimiento estudiantil sevillano tras la celebración de asambleas masivas en los 25 centros de la Universidad de Sevilla.  Tanto la Universidad de Sevilla como la Universidad Pablo de Olavide convocarán paros académicos a partir de la Huelga Educativa estatal del día 22 de mayo. En el caso de la UPO el paro académico durará -en principio- del 22 al 31 de mayo, mientras que el Consejo de Alumnos de la US decidirá mañana la duración del parón en la Universidad de Sevilla. Imagen de la asamblea de la Facultad de  Comunicación a la que  acudieron 1.157 estudiantes Los estudiantes de las dos Universidades de la ciudad de Sevilla han decidido mayoritariamente apoyar un paro académico como medida de protesta contra el Real Decreto Ley 14/2012, que supondrá el encarecimiento de las tasas (una media de 540 euros por alumno) y en oposición a los pretendidos recortes en materias de becas. El gobierno ya ha antic