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Las consecuencias de los errores de las reformas laborales

LOS PEORES DATOS DE EMPLEO EN SEPTIEMBRE DESDE 1996.

Los datos del paro de septiembre, con un aumento del desempleo de 95.800 personas, demuestran para la profesora de derecho del trabajo Adoración Guamán que las últimas reformas laborales no van dirigidas a reducir el desempleo sino a precarizar las condiciones de trabajo.

Esta realidad exige como poco la asunción pública de responsabilidades de los promotores y gestores de estas políticas y su rectificación inmediata. No se trata de una afirmación ingenua, sino de una exigencia que deriva del análisis de la realidad: la política de desregularización y precarización del trabajo asalariado no ha fomentado la creación de empleo ni el bienestar de los trabajadores y ha provocado una situación de emergencia social y una seria crisis del ordenamiento jurídico laboral.

En efecto, el derecho del trabajo, el que reconoce y establece los derechos de los trabajadores, está en una profunda debacle, provocada de manera interesada por una política legislativa orientada a la creación de empleo fácilmente destruible y a reducir los derechos de los trabajadores y la protección de los mismos. La línea política culpable en esta crisis, seguida hasta el momento por los dos partidos mayoritarios, y en particular por el PSOE, está claramente supeditada a las exigencias de los “mercados” y a golpe de reforma laboral ha provocado las siguientes tres consecuencias.
Se ha conseguido instalar en el imaginario colectivo, a base de un discurso plagado de mentiras, la creencia de que el derecho de los trabajadores a un empleo estable y de calidad son un lastre para el funcionamiento de la economía
En el plano teórico, las normas laborales se han convertido, sin pudor alguno en un elemento de amortiguación de la crisis económica. De esta manera, el derecho capitalista del trabajo ha perdido su sentido originario y se ha roto el pacto básico entre capital y trabajo que las fundamentaba. Este derecho parte en efecto, de un acuerdo, de un pacto fundamental que obliga a la distinción entre el trabajo humano y las mercancías. Siendo evidente que no busca transformar las relaciones de producción, este derecho sí que intenta, o intentaba según su código genético originario, mantener un cierto equilibrio en la desigualdad.

Esta función reequilibradora o transaccional ha sido puesta en entredicho, afirmándose que los derechos de los trabajadores lastran las exigencias de la economía, (las de una determinada parte de la patronal). Así, se produce una decantación hacia la protección ya no de los trabajadores, sino de los intereses de unos empresarios, rompiendo el pacto inicial e impidiendo las funciones que constitucionalmente se atribuyeron al derecho del trabajo. La gravedad de la deriva es palmaria, porque bien es cierto que el derecho del trabajo no nació sólo para proteger a los trabajadores, pero, desde luego tampoco se conformó para conseguir una maximización de los beneficios empresariales, objetivo al que, sin duda, parece dirigirse.

En el plano del discurso político dominante, se ha conseguido instalar en el imaginario colectivo, a base de un discurso plagado de mentiras, la creencia de que el derecho de los trabajadores a un empleo estable y de calidad son un lastre para el funcionamiento de la economía y que la única vía para salir de la crisis económica es cargar sus consecuencias sobre las espaldas de los trabajadores que, asumido esto, aceptan dócilmente una limitación de sus derechos bajo la amenaza del desempleo. Toda esta maniobra ha contado con una importante labor mediática orientada a transformar los marcos conceptuales y el discurso dominante. Se empieza culpabilizando a nuestro derecho del trabajo de todos los males, rigidez, efecto dualizador, desincentivador de la contratación y de la inversión. Para ello se acude a argumentos de autoridad científica (de una parte de la doctrina) y a índices marcados por instituciones claramente “neutras” como el Banco Mundial que corroboran estas “verdades”.
El despido ya no es causal sino que tiene un precio, el contrato indefinido ya no es la norma sino la excepción (...), la estabilidad en el puesto de trabajo se reduce al mismo ritmo que aumenta el desempleo y crecen los contratos temporales, (...) podemos encontrarnos con trabajadores que cobran 430 euros al mes con un contrato de formación y aprendizaje hasta los 33 años.
A continuación, una vez asumida la culpa, las reformas laborales aparecen abanderadas de un doble eslogan, por un lado la exigencia de solidaridad en una situación de emergencia donde todos tenemos que cooperar (y así se justifican las reducciones de salario) y por otro, el ya manido objetivo de la “lucha contra el desempleo”. Este último eslogan se ha esgrimido como objetivo de la gran mayoría de reformas laborales, desde el 84, justificándose medidas, todas fracasadas, en sentido casi opuesto. Como muestra reciente podemos observar que dos ministros del PSOE, en un lapso temporal menor de un año, han pasado de afirmar que “limitar la contratación temporal no daña el empleo", justificando la reforma de septiembre de 2010 frente al pseudo desencanto de la patronal, a sentenciar que “preferimos tener a un trabajador temporal antes que a un parado", para justificar la recién aprobada reforma. Y efectivamente, el miedo al desempleo ha generado una mayoría de trabajadores que aceptan cualquier fórmula contractual, agradecidos de tenerla.

Por último, en el plano práctico, se ha conseguido hacer mutar a las instituciones basilares del derecho del trabajo: la estabilidad en el empleo y la dignidad del trabajador, instalando la temporalidad y la precariedad como características estructurales del mercado de trabajo. Así, nos encontramos ante un derecho del trabajo de la crisis en camino de transformarse en una mera regulación de las transacciones en el mercado de mano de obra. Instituciones como la causalidad en el despido, el contrato indefinido, la estabilidad y la calidad en el empleo junto con la dignidad de los trabajadores se han vaciado de contenido. El despido ya no es causal sino que tiene un precio, el contrato indefinido ya no es la norma sino la excepción y su indefinitud es muy relativa, la estabilidad en el puesto de trabajo se reduce al mismo ritmo que aumenta el desempleo y crecen los contratos temporales, la calidad y la dignidad se evaporan cuando podemos encontrarnos con trabajadores que cobran 430 euros al mes con un contrato de formación y aprendizaje hasta los 33 años.

Está ya muy claro que a golpe de reforma laboral lo que se ha conseguido finalmente es poner las normas laborales al servicio del capital, rompiéndose totalmente el pacto de partida entre capital y trabajo y traicionando una de las afirmaciones nucleares en la configuración del derecho del trabajo, aquella que decía, ya en 1909, que “el trabajo, la mano de obra, no es una mercancía”. Y evidentemente, los efectos de considerarnos mercancía también son funcionales al sistema neoliberal pues, como decía Sennett, la precariedad y la temporalidad están provocando la corrosión del carácter, la alienación de las personas, la baja sindicación, la baja capacidad de contestación y de protesta social.

Pero tal vez estas consecuencias están dando paso a otras, porque ciertamente nos encontramos ante un despertar colectivo, en las plazas y en las calles, exigiendo cambios profundos. Un desbordamiento democrático, una nueva democracia irruptiva y desbordada que va a obligar a una profunda transformación del sistema, tal vez mediante la iniciación de un verdadero proceso constituyente que nos lleve a repensar y a re-elaborar las relaciones entre el capital y el trabajo.

04.10.2011 · Periodico Diagonal · Adoración Guzmán
Adoración Guamán es profesora de Derecho del Trabajo en la Universitat de València y miembro de la Fundación CEPS.

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